El Estado, las Políticas, y las Políticas de Estado.

La discusión en torno a las denominadas "políticas de Estado" no sólo es compleja, sino que distrae de la discusión que realmente importa.

4/2/20263 min read

Cada tanto, siempre en “plan autoflagelante”, en Argentina se escucha un coro de ponedores de grito en el cielo, que rezan “acá (o sobre esto) lo que hacen falta son “políticas de Estado”. El reverso de esa moneda-plan autoflagelante, es un modesto exitismo que ve políticas de Estado donde sólo hay, en efecto, políticas.

Lo cierto es que más allá del atractivo que tiene la expresión en los imaginarios ciudadanos y periodísticos, no está del todo claro que entraña la misma: ¿Implica continuidad de mediano largo-plazo en ciertos objetivos o instrumentos de política? ¿Demanda la existencia de acuerdos o consensos más o menos formalizados? ¿Entre quienes? En definitiva, ¿Qué atributos o rasgos distintivos tienen las “políticas de Estado”, que las distinguen de “las otras (políticas)”?

La falta de respuestas consistentes a esas y otras preguntas no es sólo patrimonio exclusivo de aquellos imaginarios. En efecto, aún en el dominio académico, no existe relativo acuerdo sobre lo que aquella expresión significa.

El uso y abuso del término que aquí exploraron con pericia los queridos colegas cuyanos Cueto y Guardamagna (2012), bastan como botón de muestra. Entre varios aciertos, los colegas problematizan la cuestión distinguiendo Estado de Gobierno. De un modo análogo, el prestigioso, longevo y prolífico especialista mexicano, Luis F. Aguilar Villanueva, se sirvió de la misma distinción al problematizar lo que la Administración Pública era, hace ya más de 4 décadas.

Una definición de Administración Pública no podía ignorar, sostenía Aguilar Villanueva (1983), los relativamente constantes fines del Estado (habitual más no exclusivamente consagrados en la Constitución); pero tampoco, los fines del Gobierno (que, a priori, podrían ser más volubles). Y ello porque una Administración Pública se define, en parte, por los fines que persigue (y toda administración pública contribuye a concretar tanto los fines del Estado, relativamente constantes, como los fines de cada Gobierno, más expuestos a ser discontinuados por el siguiente).

Volviendo al planteo de Cueto y Guardamagna (2012), los elencos que gobiernan (cuyos mandatos son finitos) lo hacen a través de políticas, y los instrumentos, medidas o iniciativas que le dan forma (tengan o no respaldo o fundamento en del derecho positivo (leyes, decretos, resoluciones, disposiciones). Pero esos mismos elencos están constitucionalmente mandatados a servir, también, a fines que se proyectan temporalmente más allá de sus 4 u 8 años.

Si una política de gobierno se transformará o no en una política de Estado, o si un fin constitucionalmente consagrado es ignorado olímpicamente por un gobierno, es una discusión que entraña no pocas “trampas”.

La discusión relevante, quizás, debería ser otra. ¿Cuán capaces somos, como Estado, para cumplir con los fines que manda nuestra Constitución Nacional, las leyes que reglamentan su ejercicio, y/o con los fines que cada gobierno, legítimamente, puede perseguir?

Y aunque la definición de capacidades estatales es, también, un concepto algo escurridizo, sendos trabajos publicados por la Corporación Andina de Fomento (CAF) en 2013 y 2025 (con la querida colega Mariana Chudnovsky involucrada en ambos proyectos, y la omnipresencia de Carlos H. Acuña detrás de toda la serie) son una extraordinaria contribución a poner el foco en uno de los temas centrales si lo que importa es identificar las palancas del cambio social, político y económico que podrían contribuir al Desarrollo Nacional.

Capacidades Estatales: no tendrán, aún, el mismo glamour que “las Políticas de Estado”; pero su impacto potencial es infinitamente superior.

Dr. Diego J. Gantus - Director Gobernar365